miércoles, 31 de diciembre de 2014

Feliz año 2015



Hay que estar convencidos para convencer, y nosotros estamos convencidos de que UNIDOS podemos seguir avanzando en la recuperación de los derechos que se han ido quedando en el camino con las políticas de recorte de los últimos años.


FELIZ AÑO 2015

 y recuerda para avanzar

¡ ÚNETE !

sábado, 27 de diciembre de 2014

Declaración en el IRPF de la percepción de parte de la paga extraordinaria suprimida por el Real Decreto – Ley 20/2012, de 13 de julio


Desde que en julio de 2012 se anunciara por parte del Gobierno la supresión de la Paga Extraordinaria de Navidad, la Unión General de Trabajadores no ha cejado en sus esfuerzos para reivindicar la devolución de lo que siempre hemos creído un robo a mano armada.

Desde la Sección Sindical en nuestro Ayuntamiento han sido multitud de ocasiones en las que se han acometido acciones en reivindicación de la citada extraodinaria.

Ya en Agosto de 2012 pusimos en marcha una campaña para reclamarla, que fue secundada por más del 90 por ciento de los empleados municipales. 

 Seguidamente hemos seguido de cerca la evolución de las diversas demandas judiciales que se han ido dando la razón a los trabajadores públicos. Ello nos llevó a reiterarnos nuevamente en que se procediera al abono de la paga en el año 2013

Ante el gran número de sentencias, el Gobierno ha decidido dar la oportunidad a las distintas administraciones de abonar una parte de la misma, correspondiente a 44 días, que son los que transcurrieron desde que comenzó el devengo de la misma, el día 1 de junio, hasta el 14 de julio, fecha en la que se publica el Real Decreto que disponía su supresión. Esta oportunidad se verá plasmada en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2015.



Pero para su percibo, se hacía necesario negociar su devolución con el Equipo de Gobierno, y que la cantidad resultante se viese reflejada en  los Presupuestos Municipales. Sólo UGT dio el paso de plantear al Gobierno Municipal el que se llevase a cabo tal acción, recibiendo como respuesta el compromiso de pagarla en el primer trimestre de año 2015, e incluso no se descarta la posibilidad de percibirla junto a la nómina del mes de Enero.


Ahora bien, la esperada  devolución está planteando entre los empleados dudas sobre la forma en como habrá que tributar por la misma, y por ello desde la Sección Sindical vamos a clarificar dichas cuestiones.

En algunos informes que navegan por la red se aconseja la presentación de una declaración complementaria dada la consideración de esta devolución como atraso.
La declaración de los atrasos tiene un régimen especial (artículo 14.2.b) LIRPF), según el cual cuando por circunstancias justificadas no imputables al contribuyente, los rendimientos derivados del trabajo se perciban en períodos impositivos distintos a aquéllos en que fueron exigibles, se imputarán a éstos, practicándose, en su caso, autoliquidación complementaria, sin sanción ni intereses de demora ni recargo alguno. La autoliquidación se presentará en el plazo que media entre la fecha en que se perciban y el final del inmediato siguiente plazo de declaraciones por el impuesto.
No obstante, la Dirección General de Tributos ha emitido a lo largo de este año varias resoluciones contrarias a este planteamiento (V1576-14 (1); V2033-14 (2)). El criterio sostenido por la DGT parte de la consideración de este pago, no como un atraso, sino como el pago de una cantidad equivalente al importe que hubiera correspondido a los 44 días de la paga suprimida.
Dicho de otro modo, la DGT  considera que el RDL  20/2012, de 13 de julio, suprimió en su totalidad la paga extraordinaria y que lo que ahora está ocurriendo es que se acuerda ex novo el pago de una cantidad equivalente a 44 días de la paga suprimida.
A esta misma idea responde la adicional décima del Proyecto de Presupuestos Generales del Estado al señalar que las cantidades que se abonen por este concepto serán las equivalentes a la parte proporcional correspondiente a 44 días de la paga extraordinaria.
Siendo esto así, la DGT  considera que procede la aplicación de la regla general sobre imputación temporal en el IRPF (artículo 14.1.a) LIRPF), de manera que este pago se imputará al periodo impositivo en que sea exigible por el perceptor. Esta exigibilidad se produce con la decisión de la administración en la que se acuerda su pago y abono.
En definitiva, una vez hayamos percibido la paga en 2015 tendremos que recoger el ingreso en la declaración del IRPF del ejercicio 2015 a presentar en 2016.
La no consideración como atraso tiene efecto en el tipo de retención aplicable. Al no tener la consideración de atrasos, no resulta aplicable el tipo de retención del 15 por ciento que para los atrasos que corresponde imputar a ejercicios anteriores que recoge el artículo 80.1.5º del reglamento del IRPF. En consecuencia, es de aplicación el procedimiento general para determinar el importe de la retención establecido en el artículo 82 y siguientes del citado reglamento (V2941-14 (3)).

OS SEGUIREMOS INFORMANDO

ES EL MOMENTO

¡ ÚNETE !
UGT


sábado, 20 de diciembre de 2014

Un año más.......


En estos momentos más que nunca, el marco de relaciones laborales en las administraciones públicas  y la negociación colectiva actual es un “caballo de batalla” que no debemos olvidar durante los tiempos que se avecinan y, desde la representación como delegados sindicales que nos habéis otorgado, queremos agradecer vuestro apoyo y que sigáis confiando en el trabajo que día a día realizamos en los centros de trabajo, sin olvidar que los compañeros que estamos al frente de estas labores sindicales somos personas que también trabajamos en el Ayuntamiento y por tanto que también padecemos las consecuencias negativas y disfrutamos de las positivas que se puedan dar en el ámbito y entorno en el que desarrollamos nuestras funciones.

Debemos estar unidos, defendiendo nuestros derechos ganados en infinidad de negociaciones a lo largo de más de treinta años, y que ahora en cuatro días mal contados hemos visto como han ido desapareciendo derechos que por todos se entienden consolidados.

Muchas de las reformas que se han llevado a cabo por los últimos Gobiernos de la Nación están viendo como los Tribunales de Justicia van alterando el contenido de las mismas y dando la razón a los trabajadores, devolviéndoles en muchos de los casos derechos que la Justicia entiende consolidados con anterioridad a las perniciosas reformas laborales.

            Estas sentencias que para extrapolarse a ámbitos distintos para los que han sido dictadas han de contar necesariamente con el beneplácito del Equipo de Gobierno, han sido puestas sobre la mesa a petición de la Unión General de Trabajadores. Así hemos solicitado la devolución de la parte proporcional de la paga extraordinaria de Navidad del año 2012, petición que ha sido atendida y que se percibirá en el próximo ejercicio, y quedamos a la espera del pronunciamiento en relación a los días de permiso por antigüedad que teníamos consolidados con anterioridad  a su suspensión por Ley, así como del permiso correspondiente al acompañamiento al médico a hijos menores de edad por entenderse este motivo como un deber inexcusable de carácter público y personal.

Nuestro deseo de mejorar  nos anima a seguir trabajando para que este próximo 2015 sea el principio de la recuperación y acabe con la sangría del desempleo y la crisis económica, sin olvidar que debemos ser solidarios con quien no puede levantar su voz en contra de la actual presión laboral.

Desde la Sección Sindical de la Unión General de Trabajadores en el Ayuntamiento de Algeciras os deseamos tengáis una Feliz Navidad en compañía de vuestros seres queridos.

Que se cumplan todos nuestros deseos y entre todos logremos las mejores condiciones para el desarrollo de nuestro trabajo.

¡ FELIZ NAVIDAD ¡


martes, 16 de diciembre de 2014

Las Retenciones e Ingresos a Cuenta del IRPF sobre los Rendimientos del Trabajo en el ejercicio 2014



De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 87.2 del Reglamento del IRPF, procederá regularizar el tipo de retención en las siguientes circunstancias:


2. Procederá regularizar el tipo de retención en las siguientes circunstancias:

  • 1.º Si al concluir el período inicialmente previsto en un contrato o relación el trabajador continuase prestando sus servicios al mismo empleador o volviese a hacerlo dentro del año natural.
  • 2.º Si con posterioridad a la suspensión del cobro de prestaciones por desempleo se reanudase el derecho o se pasase a percibir el subsidio por desempleo, dentro del año natural.
  • 3.º Cuando en virtud de normas de carácter general o de la normativa sectorial aplicable, o como consecuencia del ascenso, promoción o descenso de categoría del trabajador o, por cualquier otro motivo, se produzcan durante el año variaciones en la cuantía de las retribuciones o de los gastos deducibles que se hayan tenido en cuenta para la determinación del tipo de retención que venía aplicándose hasta ese momento. En particular, cuando varíe la cuantía total de las retribuciones superando el importe máximo establecido a tal efecto en el último párrafo del artículo 86.1 de este Reglamento.
  • 4.º Si al cumplir los sesenta y cinco años el trabajador continuase o prolongase su actividad laboral.
  • 5.º Si en el curso del año natural el pensionista comenzase a percibir nuevas pensiones o haberes pasivos que se añadiesen a las que ya viniese percibiendo, o aumentase el importe de estas últimas.
  • 6.º Cuando el trabajador traslade su residencia habitual a un nuevo municipio y resulte de aplicación el incremento en la reducción por obtención de rendimientos del trabajo previsto en el artículo 20.2.b) de la Ley del Impuesto, por darse un supuesto de movilidad geográfica.
  • 7.º Si en el curso del año natural se produjera un aumento en el número de descendientes o una variación en sus circunstancias, sobreviniera la condición de persona con discapacidad o aumentara el grado de minusvalía en el perceptor de rentas de trabajo o en sus descendientes, siempre que dichas circunstancias determinasen un aumento en el mínimo personal y familiar para calcular el tipo de retención.
  • 8.º Cuando por resolución judicial el perceptor de rendimientos del trabajo quedase obligado a satisfacer una pensión compensatoria a su cónyuge o anualidades por alimentos en favor de los hijos, siempre que el importe de estas últimas sea inferior a la base para calcular el tipo de retención.
  • 9.º Si en el curso del año natural el cónyuge del contribuyente obtuviera rentas superiores a 1.500 euros anuales, excluidas las exentas.
  • 10.º Cuando en el curso del año natural el contribuyente cambiara su residencia habitual de Ceuta o Melilla, Navarra o los Territorios Históricos del País Vasco al resto del territorio español o del resto del territorio español a las Ciudades de Ceuta o Melilla, o cuando el contribuyente adquiera su condición por cambio de residencia.
  • 11.º Si en el curso del año natural se produjera una variación en el número o las circunstancias de los ascendientes que diera lugar a una variación en el mínimo personal y familiar para calcular el tipo de retención.
  • 12.º Si en el curso del año natural el contribuyente destinase cantidades a la adquisición o rehabilitación de su vivienda habitual utilizando financiación ajena, por las que vaya a tener derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual regulada en la disposición transitoria decimoctavade la Ley del Impuesto determinante de una reducción en el tipo de retención o comunicase posteriormente la no procedencia de esta reducción.

La regularización a que se refiere este artículo podrá realizarse, a partir del día 1 de los meses de abril, julio y octubre, respecto de las variaciones que, respectivamente, se hayan producido en los trimestres inmediatamente anteriores a estas fechas. 

Y en  el caso del mes en el que nos encontramos, Diciembre, puede suceder y de hecho así viene sucediendo año tras año que la estimación anual salarial del último trimestre se vea modificada por la percepción de complementos salariales (como incentivos u otros variables), o el abono de atrasos. Al sumar estos conceptos se pasaría a cobrar más de lo que estaba inicialmente previsto y en este caso, el Ayuntamiento se ve obligado a recalcular  la retención para aplicar la correcta.

Por tanto deciros, que una vez hechas las consultas pertinentes en la Delegación de Personal, en la nómina correspondiente a la paga extraordinaria de Navidad se mantendrá  el mismo porcentaje que se venía practicando en los meses anteriores a la misma, y que en la que corresponde al mes ordinario de Diciembre a todos aquellos empleados que hayan sufrido modificación salarial se les retendrá el porcentaje que corresponda una vez regularizada la situación, que en ocasiones supondrá un aumento considerable.

También nos gustaría recordaros que todos aquellos compañeros a los que os hayan cambiado la situación personal y familiar que dio origen al cálculo de la retención del IRPF   podéis comunicar la nueva situación para que cause sus efectos en la próxima nómina del mes de Enero de 2015.

martes, 2 de diciembre de 2014

Campaña Reclamaciones devolución del derecho a los días "Canosos"

Hace unos días os informábamos de la sentencia que la magistrada del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Bilbao, en la que reconoce el derecho que tienen los empleados públicos a disfrutar de los días que tenían consolidados con anterioridad del Real Decreto (popularmente el llamado Decretazo) de 13 de julio de 2012, en el que se disponían medidas de recorte para garantizar "la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad".

Este Real Decreto modificó el Estatuto Básico del Empleado Público, que en su artículo 48.2. disponía: "Además de los días de libre disposición establecidos por cada Administración  Pública, los funcionarios tendrán derecho al disfrute de dos días adicionales al cumplir el sexto trienio, incrementándose en un día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo".

Asimismo los continuos recortes en materia laboral han ido mermando nuestro Convenio Colectivo a través de la suspensión de de gran parte de su articulado, entre los que se encontraba la cláusula que regulaba en nuestro Ayuntamiento el disfrute de los días que por antigüedad habrían de sumarse a las vacaciones "LOS CANOSOS", y que literalmente dice:

"Artículo 7º.- VACACIONES, DÍAS DE ASUNTOS PROPIOS Y CALENDARIO LABORAL.

7.1.- Las vacaciones anuales serán de un mes natural, con la posibilidad de la partición de las mismas en dos períodos de 15 días, o en el disfrute de 22 días hábiles de forma salteada por períodos mínimos de cinco días a disfrutar en tres meses o más, planificado en el primer trimestre de cada año, a solicitud del interesado y previa autorización del Jefe del Departamento, así como conformidad por parte del Coordinador Administrativo de Personal.

            Cada empleado público tendrá derecho a un día más de vacaciones por cada trienio cumplido y hasta un máximo de quince días.  Estos días serán disfrutados a petición del interesado de forma ininterrumpida los primeros cinco días.  El empleado que tenga derecho a más de cinco días de disfrute, podrá hacerlo en tres períodos ininterrumpidos cada uno de ellos, siendo siempre el primero de un mínimo de cinco días.  A primero de año se elaborará un calendario de vacaciones anuales de todo el personal afectado por este Acuerdo. Queda absorbido a  través de esta mejora en materia de vacaciones  lo dispuesto en el Estatuto Básico del Empleado Público en  artículo 48.2.".

Desde la Sección Sindical de UGT en el Ayuntamiento de Algeciras se ha puesto en marcha una campaña para que los empleados municipales reclamen lo que creemos que es nuestro, y que la anterior sentencia ha venido a confirmar: "LA DEVOLUCIÓN DE LOS DÍAS QUE POR ANTIGÜEDAD TENÍAMOS CONSOLIDADOS CON ANTERIORIDAD AL 13 DE JULIO DE 2012".

Para ello nos ponemos a vuestra disposición para aportaros el modelo de reclamación, así como su posterior tramitación. Independientemente que los compañeros de UGT harán visitas a los distintos centros de trabajo, también podréis recogerlas en nuestra sede en el Edificio Escuela o descargarla en el enlace que seguidamente se proporciona. Una vez cumplimentada podréis entregarla en nuestra sede para que continuemos con el procedimiento.



miércoles, 19 de noviembre de 2014

De las Garantías Procesales

Las confusas versiones sobre la noticia que se viene publicando en distintos medios de comunicación en relación a la imputación de tres técnicos municipales en la operación enredadera sólo vienen  a invitar a que por parte de algunos se venga a empañar la imagen de los empleados públicos a través de comentarios desafortunados, y como no, siempre hechos desde el anonimato.


La imputación no es más que una garantía procesal de la que goza quienes son parte necesaria y esencial  en un proceso judicial, y por tanto en calidad de sujetos procesales, son amparados con  garantías como la defensa en juicio, presunción de inocencia y otras.

A esta práctica  puede estar sujeto cualquier empleado público por el sólo hecho de ser lo que es,  un servidor público que realiza su trabajo en el área  que corresponda.


Desde la Sección Sindical de la Unión General de Trabajadores queremos dejar claro el respeto a la acción judicial, sin hacer valoraciones y juicios de valor sobre el tema en litigio que corresponde a los órganos judiciales, pero si queremos manifestar que los tres compañeros son magníficos profesionales que en su dilatada carrera profesional jamás han visto tachado su expediente personal, por lo que esperamos que a la mayor brevedad posible se aclaren los hechos.

martes, 21 de octubre de 2014

El alcalde pacta con la Junta de Personal el pago de la parte proporcional de la paga extra de diciembre de 2012


El Ayuntamiento de Algeciras reintegrará a los trabajadores municipales la parte proporcional de la paga extraordinaria de diciembre del año 2012, que fue suprimida en aquel ejercicio y que se ha cuantificado en la cantidad de 44 días. Así lo han pactado el alcalde, José Ignacio Landaluce, y el presidente de la Junta de Personal del Consistorio, Miguel Ángel Lara, en el marco de una reunión en la que también estuvieron presentes los tenientes de alcalde delegados de Personal, Jacinto Muñoz Madrid, y Hacienda, Luis Ángel Fernández.
El compromiso del equipo de Gobierno pasa por incluir en el presupuesto municipal de 2015 la cantidad necesaria para hacer frente a este abono, que se pagaría a los empleados municipales en el primer trimestre del año próximo.

Los responsables municipales han destacado que el personal del Ayuntamiento ha hecho importantes esfuerzos, en el marco de las actuaciones llevadas a cabo para sanear las arcas municipales, y han vuelto a agradecer esa actitud.

Por su parte, Lara ha puesto de manifiesto la receptividad que tanto el primer edil como su equipo de trabajo muestran a la hora de hacer frente a las necesidades de los empleados municipales, al tiempo que ha mostrado su satisfacción por la rápida respuesta que se ha dado a la petición formulada el pasado día 3 por la sección sindical de la Unión General de Trabajadores en el Ayuntamiento.



(Pincha en la imagen para ampliarla)




El abono del importe correspondiente se producirá en el primer trimestre del próximo año

Enlaces a la prensa:



martes, 7 de octubre de 2014

El adelanto del 25% de la extra a funcionarios, un engaño


Es un engaño y una burla hacia los empleados públicos el bombo que se está dando sobre la devolución del 25 por ciento de la paga extra de Navidad suprimida por el gobierno en 2012. 

Y es que ese 25 por ciento equivale  a los 44 días devengados entre el 1 de junio  y el 14 de julio de 2012 (fecha de entrada en vigor del famoso decreto “antidéficit” que suprimió nuestra paga) que los tribunales  de toda España están reconociendo en  todos los niveles de la administración. 

Por lo tanto, esta decisión no es ningún regalo del Gobierno a los empleados públicos, sino que simplemente  hacen el pago de algo a lo que les está obligando la Justicia por haber sido una medida ilegal durante 44 días. 

Lo peor de todo es que mucho se habla desde el Gobierno de ese 25 por ciento pero nada se dice del otro 75 por ciento de la paga extra restante. ¿Piensan pagarlo alguna vez? La callada por respuesta es lo que recibimos desde el Ministerio de Administraciones Públicas. 

Para colmo, con esta decisión del Ejecutivo se deja en el olvido a muchos empleados públicos que están fuera de la Administración General del Estado y que no tienen capacidad de negociación en sus respectivas administraciones (autonómica, local o universidad) para negociar la devolución del 25 por ciento de la paga extra que sí se reintegrará a los funcionarios estatales.

Todo lo que está sucediendo con la extra suprimida va en la única dirección de demorar lo máximo posible el pago de una cantidad económica suprimida de forma arbitraria por el Gobierno.

Todo son excusas de mal pagador , el Gobierno se agarra a que las sentencias que obligan a devolver la paga no se pueden aplicar de manera generalizada a todos los funcionarios y solo tendrán efectos para aquellos que obtengan ese reconocimiento en los tribunales.

Ante la posibilidad de cobrar esta parte proporcional y así se recoge en el proyecto de Ley de presupuestos Generales del Estado para 2015, desde la Sección Sindical de UGT nos volvemos a reiterar en el escrito enviado hace unos días a la Alcaldía, del que esperamos recibir respuesta.


viernes, 3 de octubre de 2014

¿ Recuperaremos parte de la la suprimida paga extra de Navidad de 2012 ?


El pasado 30 de septiembre se presento a las Cortes Generales el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2015.

En relación  a la recuperación de la suprimida paga Extraordinaria y adicional de la Navidad del año 2012, en su cláusula adicional décima dispone:

“Décima. Recuperación de la paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre de  2012.

Uno. Recuperación de la paga extraordinaria y adicional del mes de  diciembre de 2012 del personal del sector público.

1.- Cada Administración Pública, en su ámbito, podrá aprobar el abono de  cantidades en concepto de recuperación de los importes efectivamente dejados de  percibir como consecuencia de la supresión de la paga extraordinaria, así como de la  paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes,  correspondientes al mes de diciembre de 2012, por aplicación del Real Decreto-ley  20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de  fomento de la competitividad, con el alcance y límites establecidos en la presente  disposición.........”.

De la norma se desprende que el percibo de la parte proporcional correspondiente a 44 días de la  paga extraordinaria, paga adicional de complemento específico y pagas adicionales del  mes de diciembre de 2012 queda supeditado a la voluntad política.

Por ello desde la Sección Sindical de UGT hemos instado a la Alcaldía que la cantidad resultante de la misma se recoja en los presupuestos municipales para el próximo ejercicio, de tal forma que con posterioridad se haga posible su aprobación y posterior abono.

Asimismo le hemos solicitado nos haga llegar lo antes posible la decisión que se adopte en el seno del Equipo de Gobierno, al objeto de despejar incertidumbres en los empleados, que bien se tienen merecido esta devolución tras 5 años de congelación salarial y la  reducción de hasta el 7%  que sufrimos en nuestro salarios en 2010.


martes, 30 de septiembre de 2014

Carta de agradecimiento del Alcalde




El Alcalde ha querido expresar su agradecimiento, a través del Presidente de la Junta de Personal, por la inestimable colaboración y apoyo que han mostrado los trabajadores municipales en la exitosa celebración de la I Feria de las Culturas del Estrecho "Algeciras Entremares"



(Pincha en la imagen para ver o descargar la carta)

lunes, 7 de julio de 2014

UGT pide respeto para los trabajadores





En reunión mantenida hoy por la representación sindical de la Unión General de Trabajadores en este Ayuntamiento de Algeciras, por unanimidad se ha acordado lo siguiente:

“Instar al Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente que finalice las relaciones comerciales que une a la Administración que preside con la empresa Horasur Comunicación S.L., por los siguientes motivos:

1.      Porque el Ayuntamiento de Algeciras  no puede mantener relaciones  comerciales o de negocio con un medio dirigido por Leandro Castelló Puertas, sobre el que recaen numerosas sentencias condenatorias por delitos y faltas de calumnias e injurias continuadas a distintas personas, entre las cuales se encuentran trabajadores y representantes legales de los trabajadores de este Consistorio.

2.      Porque el Ayuntamiento de Algeciras no puede beneficiar económicamente a quien hace uso de la imagen y de los servicios del propio Ayuntamiento en plataformas sociales para continuar calumniando, vilipendiando y desprestigiando a trabajadores de la Administración Pública a la que la Alcaldía se debe.”


3.      Porque tanto los trabajadores de este Ayuntamiento como la ciudadanía de Algeciras se merecen el respeto de la institución que los representa, y por tanto que la misma mantenga relaciones comerciales con empresarios cuya conducta y reputación sean intachables y no con condenados en diversas ocasiones como el Sr. Castelló."


Es por ello, que en aras de que este Sindicato pueda continuar manteniendo las buenas relaciones que hasta el momento se venían dando con el Equipo de Gobierno, ha remitido a la Alcaldía escrito al objeto de que se aceda a lo solicitado, por ser de justicia.





Asimismo se ha acordado instar a entidades públicas, empresas participadas, grupos políticos y sindicatos para que finalicen cualquier tipo de relación negocial que pudieran mantener con la mencionada empresa Horasur Comunicación S.L.

miércoles, 2 de julio de 2014

Atrás quedan ya años de......


Atrás quedan ya años de críticas ácidas, malintencionadas y e hirientes hacia los empleados y empleadas de nuestro Ayuntamiento por quién ya alberga en su curriculum cuatro sentencias condenatorias por injurias y se encuentra a la espera de algún que otro pronunciamiento judicial....., claro que dicho ex-funcionario se ha arrastrado de partido en partido como si de un mercernario "de la política" se tratase y movido sólo y exclusivamente por intereses económicos, partidarios, sectarios y bastardos.....no decimos más. 

Por la parte que nos toca a los que nos dedicamos con la cabeza bien alta a la defensa de los derechos de los trabajadores, gracias a todos los empleados y empleadas del Ayuntamiento, que con su profesionalidad y buen hacer cada día hacen posible una mayor calidad de vida de la ciudadanía.

Gracias a la Policía Local.
Gracias a los trabajadores que han hecho posible que la feria real haya sido todo un éxito.
Gracias a los trabajadores de Informática y Prensa que han hecho posible la puesta en marcha de una nueva página Web, incluido al trabajador y representante de la UGT que ha colaborado plenamente en la puesta a punto para  su funcionamiento y al que el Perro de Landaluce ha vilipendiado.
Gracias a los trabajadores de Deportes, de Gestión Tributaria, del Área Económica, de los Servicios Sociales, de Vivienda, de Fomento, de Planificación, de Parques y Jardines, de la Brigada de Obras y así un largo etcétera hasta mencionar a todas y todos los trabajadores municipales.



Desde la Sección Sindical de UGT nos sentimos orgullosos de la plantilla municipal con que cuenta el Ayuntamiento de Algeciras.

Sin reservas
Sin distinciones

sábado, 7 de junio de 2014

Una iniciativa de la Junta de Andalucía para combatir el paro juvenil



La Junta de Andalucía aprobó en Consejo de Gobierno el Decreto-Ley por el que se regula el Programa Emple@joven, como primera fase de la implementación en la Comunidad Autónoma andaluza del Sistema de Garantía Juvenil.
Dicho Programa está orientado a la activación del empleo entre la población con edades comprendidas entre los 18 y 29 años, empadronada en Andalucía, y en él se incluyen hasta cinco iniciativas cuyo desarrollo y ejecución competen a la Agencia Servicio Andaluz de Empleo, en colaboración con otras entidades públicas y privadas que deseen participar en el Programa, como es el caso de universidades y ayuntamientos.
Este conjunto de medidas está dotado con un presupuesto inicial de 200 millones de euros que se distribuyen entre las líneas de ayudas relacionadas con las distintas iniciativas previstas: Activa Empleo Joven, Cooperación Social y Comunitaria para el Impulso del Empleo Joven, Prácticas profesionales en empresas (incluye el Programa EPES Junta de Andalucía-Banco Santander), Bono de Empleo Joven y Becas para el desarrollo de proyectos I+D+i.
El Servicio Andaluz de Empleo ha habilitado distintos canales para atención a la ciudadanía, tanto para personas jóvenes que deseen acceder al Programa como para entidades o empresas colaboradoras a los que se destinan las distintas líneas de ayuda. 
Así, a través del teléfono 955.063.966 o 902.996.031 o mediante el formulario de consultas de la Oficina Virtual de Empleo, el personal técnico del SAE ofrecerá información de primer nivel sobre las distintas iniciativas.
Finalmente, para solicitar la inscripción en el Programa Emple@joven, las personas interesadas deberán pedir cita previa con la oficina de empleo. A través de internet en la dirección www.citaempleo.es o bien llamando a los teléfonos 955.625.695 o 902.100.506.
Estos servicios se encuentran disponibles, al igual que el acceso a las solicitudes online en Ventanilla Electrónica de Administración.
El Ayuntamiento de Algeciras es uno de los beneficiarios que se acogen al mencionado Plan Emple@Joven y procederá una vez finalizados los trámites correspondientes a la contratación de un importante número de jóvenes, mediante contrato de trabajo temporal y con categorías como las de licenciados, diplomados, administrativos, oficiales de oficio y operarios.
Desde el Ayuntamiento se han puesto en marcha sesiones informativas en las que te podrán esclarecer cualquier tipo de duda.
La próxima sesión informativa está prevista para:
DÍA:  11  de Junio
HORA:  10:30
LUGAR: DELEGACIÓN DE FOMENTO DE EMPLEO DEL AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS 
Plaza María de Molina s/n
ALGECIRAS

NO OLVIDES QUE PARA INSCRIBIRTE EN EL PROGRAMA DEBES PEDIR CITA EN LA OFICINA DE EMPLEO DE ALGECIRAS

viernes, 23 de mayo de 2014

ELECCIONES AL PARLAMENTO EUROPEO

Ante la noticia aparecida hoy en el Diario Europasur  en la que al parecer  por parte de las Centrales Sindicales CCOO y UGT,  a través de sus secretarios comarcales Inmaculada Ortega y Ángel Serrano, han solicitado junto a la parlamentaria de IU Inmaculada Nieto el voto para la Izquierda Plural en la elecciones europeas del próximo domingo, desde la  SECCIÓN SINDICAL DE UGT EN EL AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS HEMOS DE MANIFESTAR:

  • Que dichas declaraciones de ser ciertas no se ajustan en absoluto a la realidad.
  • Que el voto es libre y secreto
  • Que tanto desde la Unión General de Trabajadores a todos los niveles como desde esta Sección Sindical del Ayuntamiento de Algeciras animamos a los trabajadores y trabajadoras y a la ciudadanía en general a que ejerzan su derecho al voto, dada la importancia que para una democracia supone el citado ejercicio, pero siempre libremente y a la opción política que cada uno crea más conveniente.


jueves, 22 de mayo de 2014

Santa Rita de Casia


Con motivo de la festividad de Santa Rita, el alcalde de Algeciras, José Ignacio Landaluce, ha querido hacer pública su felicitación a todos los funcionarios municipales el día de su patrona. Landaluce ha manifestado que se siente orgulloso del equipo de trabajadores públicos con que cuenta la ciudad, y ha destacado el mérito de este colectivo que, a pesar de haber padecido los efectos de la crisis de la Administración Pública, ha permanecido fiel a sus obligaciones dando ejemplo de profesionalidad y sentido de la responsabilidad.

martes, 13 de mayo de 2014

Un minuto de silencio en repulsa por el asesinato de la Presidenta de la Diputación de León



El equipo de gobierno, representes del resto de partidos políticos que conforman la corporación municipal y un buen número de ciudadanos han guardado este mediodía un minuto de silencio en la puerta del Ayuntamiento como señal de condolencia y a la vez de repulsa ante el asesinato de la presidenta de la Diputación de León, Isabel Carrasco. 

Con este gesto, Algeciras se ha sumado a la convocatoria de la Federación Española de Municipios y Provincias de que de manera simultánea se guardara un minuto de silencia es las ciudades españolas.

El teniente de alcalde delegado de Seguridad Ciudadana, Jacinto Muñoz, indicó que “hoy es una jornada triste para la democracia y para todos los ciudadanos” y que con el minuto de silencio “la ciudad quiere trasladar su apoyo y solidaridad a la familia de Isabel Carrasco, que ayer fue brutal e inexplicablemente asesinada”

El delegado opinó que en casos como éste “es cuando toda la clase política debe estar más unida, porque ante hechos así no se puede tener otra voz que la de pedir cordura, sensatez y paz.” Subrayó que desde el PP siempre se defenderá la vía del diálogo y reiteró las condolencias del Ayuntamiento “a la familia, a toda la clase política de España del color que sea y, de manera especial, a nuestros compañeros del PP de León”.